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Order (Auto)March 22, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Edwin Frank Peñuela Y María Rubiela Valencia Rivera·Respondent Secretaría De Planeación E Infraestructura De Samaná; Alcaldía Municipal De Samaná Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
3 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Manizales, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de La Dorada y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Samaná.

La Corte encontró que el primer despacho fue la única autoridad que se apartó del conocimiento de la tutela por considerar que carecía de competencia territorial, mientras que los otros dos rechazaron su competencia acudiendo a las reglas previstas en el Decreto 333 de 2021 y no discutieron su competencia territorial ni los argumentos expuestos por el primer operador jurídico.

Por lo anterior, la Sala concluyó que la controversia únicamente se presentó entre los juzgados de los municipios de La Dorada y el de Samaná.

Frente al particular concluyó que solo se configuró un conflicto aparente, en la medida en que la primera autoridad aplicó las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 2021 para apartarse del conocimiento de la acción de tutela.

Se resuelve el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de La Dorada, Caldas, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 7 de febrero de 2023 por el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de La Dorada, Caldas, en el marco de la acción de tutela promovida por Edwin Frank Peñuela Hernández y María Rubiela Valencia Rivera en contra de la Secretaría de Planeación e Infraestructura de Samaná, la Alcaldía Municipal de Samaná, el Comité Local de Atención y Prevención de Desastres de Samaná, la Secretaría de Hacienda Municipal de Samaná, la Personería Municipal de Samaná, la Secretaría Departamental de Infraestructura de Caldas, la Secretaría de Desarrollo Social Departamental de Caldas, la Gobernación de Caldas, la Dirección Nacional de Gestión del Riesgo, el Comité Regional de Atención y Prevención de Desastres, la Unidad Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres de Caldas - UDEGER, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Fondo Nacional de Desastres, la Dirección de Prevención y Atención de Desastres, el Fondo de Adaptación, el INVIAS, el Fondo Nacional de Calamidades y el Fondo Nacional de Vivienda.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4348 al Juzgado
  4. Segundo. Laboral del Circuito de La Dorada, Caldas, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Segundo. Laboral del Circuito de La Dorada, Caldas, para que, en lo sucesivo, se abstenga de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  7. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y a los Juzgados
  8. Primero. Administrativo del Circuito de Manizales y
  9. Primero. Promiscuo Municipal de Samaná la decisión adoptada mediante esta providencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.